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    Sólo serán válidas las recetas con firmas electrónicas certificadas

    El Ministerio de Salud de la Nación, a través de la resolución 3622/2022 publicada hoy en el Boletín oficial, dispuso que ya no serán válidas las fotos de las recetas médicas de papel enviadas por mail o por WhatsApp para comprar un medicamento o solicitar un tratamiento.

    Sólo podrán presentarse recetas físicas en papel o recetas digitales con firma electrónica certificada por las autoridades sanitarias a través de un sistema informático oficial.

    Recetas digitales para medicamentosLos pacientes ya no podrían presentar o enviar a la farmacia una foto de la receta en papel, una receta por mail, o una prescripción por WhatsApp, ya que en esos casos se tratan de fotos, de capturas de imágenes que “no tienen validada la firma ni la matrícula del profesional que la hace, eso se habilitó sólo por tiempo de pandemia. Sí por supuesto, sigue validada la receta digital, de hecho hay una Ley de receta electrónica, que aún no está reglamentada por una serie de complejidades”. Cuando un profesional de la salud firma la receta de manera digital “tiene registrada la firma y tiene la competencia para emitir una receta y una prescripción”, informó la jefa de Gabinete del Ministerio de Salud, Sonia Tarragona.

    “El procedimiento anterior mediante el cual un paciente podía enviar una foto de la receta, incumplía una serie de leyes, como la Ley de Farmacia, la Ley de Ejercicio profesional, etc.,”, dijo la funcionaria y agregó que, por esta razón, es un procedimiento que fue habilitado como medida excepcional en el contexto de la crisis sanitaria.

    La jefa de Gabinete del Ministerio de Salud nacional que dirige Carla Vizzotti, remarcó que “Pami sí tiene receta digital porque valida la competencia del profesional que firma y valida la firma”.

    El texto publicado hoy indica que “por la Resolución N° 696/20, se autorizaron modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia sanitaria introduciendo modificaciones a los procedimientos previstos en las Leyes Nº 17.132, Nº 17.565, Nº 19.303 y en la Disposición ANMAT Nº 13.831/16, respecto de los pacientes con tratamientos crónicos o agudos, habilitando la presentación de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax y a su vez, pueda presentarla en la farmacia, a fin de que el paciente no deba presentarse al centro de salud u hospital para que le sea renovada la receta de medicamentos crónicos y/o cualquier otro medicamento que utilice habitualmente”.


    Susana Espósito - Publicada el Martes 27/12/22 Fuente: Ministerio de salud - 2631 caracteres