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    Primer DNI gratuito para menores

    De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, desde el miércoles 13 de marzo es más fácil tramitar el primer Documento Nacional de Identidad y para los menores entre 13 y 18 años, será gratis.

    La medida también alcanza a miembros de pueblos indígenas mayores de edad que se encuentren en esta situación.

    Mediante el decreto 185/2019, que cuenta con la firma del presidente Mauricio Macri se resolvió extender las facilidades para realizar el trámite, que hasta ahora alcanzaba a los menores de 13. Así ocurría desde 2009, cuando la entonces presidente Cristina Kirchner llevó el límite de los 40 días a los 12 años.

    Ahora, quienes quieran obtener el DNI ya no tendrán que atravesar un complejo proceso judicial para hacerlo, sino que les será otorgado por resolución administrativa. Además, el proceso será gratuito y quienes lo realicen estarán exentos de pagar cualquier multa o impuesto que se les pudiera haber llegado a cobrar de otra manera.

    El decreto tiene como objetivo "evitar las excesivas demoras que padecen personas recién nacidas, niñas, niños y adolescentes, como también los integrantes de pueblos indígenas, con todos los perjuicios que tal circunstancia les acarrea".

    Asimismo facilitará el acceso al derecho humano a la identidad, que es clave al momento de ingresar a la escuela primaria, ser atendido en establecimientos de salud, transitar libremente, salir y entrar del país, trabajar, contraer matrimonio, reconocer hijos, elegir y ser elegido para ocupar cargos políticos.

    El decreto indica que, “para acreditar el nacimiento, se admitirá el certificado médico u obstétrica que fuera expedido", o en su defecto "un certificado expedido por un establecimiento público médico asistencial con determinación de edad presunta y sexo, conteniendo los datos declarados del menor y la fecha y lugar del nacimiento".

    En este último caso, se explica que "los datos sobre la fecha y lugar del nacimiento surgirán de una declaración de dos testigos, mayores de edad, con Documento Nacional de Identidad, formulada ante un Oficial Público competente".

    En todos los casos se debe presentar en el registro civil "un informe negativo de inscripción de nacimiento expedido por la autoridad competente en el presunto lugar de nacimiento", y la presencia de padre o madre con DNI. Si alguno de los padres no tuviera DNI se requerirá también la presencia de dos testigos mayores que tengan documento y puedan acreditar su identidad.


    Susana Espósito - Publicada el Jueves 14/03/19 - 2469 caracteres