OPCIONES
DEL MENU

  • Home
  • Noticias de la Ciudad
  • Historia de la Ciudad
  • Barrios Porteños
  • Edificios destacados
  • Monumentos
  • Turismo en la Ciudad
  • Poco conocido
  • Costumbres Porteñas
  • Filete Porteño
  • Antiguos oficios
  • Qué es el Tango?
  • Qué es la Milonga?
  • Cena Show
  • Contacto


  • Usted es el visitante

    Desde 01/01/2016




    La nueva Ley de Alquileres

    El miércoles 20 de noviembre la Cámara de Diputados dio media sanción al nuevo proyecto de la Ley de Alquileres, por 192 votos a favor. En tanto, 23 se abstuvieron y nadie votó en contra. Ahora el proyecto pasa al Senado.

    El nuevo proyecto propone nuevas condiciones para regular la relación entre inquilinos y propietarios. Los ajustes en los contratos se realizarían por las variaciones mensuales de la inflación y la variación de los salarios de los trabajadores registrados.

    El proyecto podría ser incluido en la lista de temas que buscará tratar el Frente de Todos cuando llame a sesiones extraordinarias.

    Los principales cambios que se aplicarán si se aprueba en el Senado:

    - Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.

    - Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual.

    - Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de cómo sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).

    - Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

    - Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.

    - Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, que es lo más habitual, ambos le deberán una comisión. Este era el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos.

    “En general, estamos de acuerdo con el proyecto. Fue consensuado entre todas las partes y comprendieron que la intervención inmobiliaria con profesionales debidamente matriculados es fundamental. Cada parte se hace cargo del contratante, salvo que los dos se pongan de acuerdo”, explicó Alejandro Bennazar, titular de la Cámara Inmobiliaria Argentina. En la ciudad de Buenos Aires, las inmobiliarias no pueden cobrar comisiones a los inquilinos —solo a los propietarios— de acuerdo a un fallo que está vigente pero fue apelado por las cámaras inmobiliarias.

    Por el lado de los inquilinos, aunque esperan la sanción de la ley prefieren mantener la cautela. “La ley es un cambio radical en la forma de alquilar en la Argentina. Sabemos de la capacidad de lobby del mercado inmobiliario. Luego tiene que votarse en Senadores y por último reglamentarse.

    Lo cierto es que ante estas modificaciones en la Ley de alquileres hacen que los locadores piensen si es conveniente alquilar sus propiedades, ya que parece que todas las ventajas serían para los locatarios y quien ha invertido en una propiedad con el objetivo de percibir una renta, descubrirá que no se justifica el costo beneficio y deja de ser rentable.


    Susana Espósito - Publicada el Lunes 25/11/19 - 3633 caracteres