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    Factura electrónica obligatoria
    para monotributistas

    Desde el 1ª de abril entró en vigencia la obligatoriedad, para los monotributistas de todas las categorías, de emitir factura electrónica.

    De acuerdo a lo informado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la obligación de emitir factura electrónica comenzará a abarcar también a las categorías de menor facturación, ya que hasta el momento sólo comprendía a los eslabones más altos del sistema.

    La AFIP precisó que “para poder emitir comprobantes electrónicos, los contribuyentes previamente deberán dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente”.

    ¿Cómo se gestiona?
    Ingresando al sitio web del organismo, desde el servicio "Administración de puntos de venta y domicilios". Luego, se podrá facturar en forma electrónica desde el sistema "Comprobantes en línea" o desde la app Facturador Móvil.

    Sólo podrán quedar exceptuados quienes opten por emitir sus comprobantes mediante el uso de controladores fiscales, para lo cual deberán solicitar previamente la habilitación del equipo.

    La factura en papel sólo quedará autorizada para ser usada como mecanismo de resguardo para los casos en que por fallas técnicas no pueda usarse la electrónica.

    Esta medida también alcanza a los contribuyentes que estén exentos en el IVA y los que emiten sus comprobantes en el domicilio de los clientes, que deberán usar el facturador online. También habrá cambios para los que usan equipamientos denominados “controladores fiscales”.


    Susana Espósito - Publicada el Lunes 01/04/19 - 1515 caracteres - Fuente: Diario Clarín